En resumen: el ingreso mínimo vital (IMV) garantiza en 2026 un mínimo de 733,60 € al mes a un adulto que vive solo, y más si en el hogar hay más personas. No cobras esa cantidad entera, sino lo que le falte a tu hogar para llegar a ella. Lo más importante una vez concedido: comunicar cualquier cambio en 30 días naturales para evitar que luego te reclamen dinero.
¿Qué es el ingreso mínimo vital?
Es una prestación de la Seguridad Social para hogares con ingresos muy bajos. Funciona como una renta garantizada: se fija una cuantía según cuántas personas viven en casa y la Seguridad Social paga la diferencia entre esa cuantía y los ingresos que ya tenéis.
Por ejemplo, si la cuantía de tu hogar es 953,68 € y entre todos ingresáis 400 € al mes, el IMV cubriría aproximadamente la diferencia. El cálculo exacto lo hace la Seguridad Social con los datos del año anterior.
¿Cuánto se cobra del IMV en 2026? Tabla de cuantías
La cuantía de un adulto es 733,60 € al mes y aumenta un 30 % por cada miembro adicional:
| Unidad de convivencia | Cuantía mensual 2026 |
|---|---|
| 1 adulto | 733,60 € |
| 2 personas | 953,68 € |
| 3 personas | 1.173,76 € |
| 4 personas | 1.393,84 € |
| 5 o más personas (máximo) | 1.613,92 € |
Los hogares monoparentales tienen un complemento del 22 %:
| Hogar monoparental | Cuantía mensual 2026 |
|---|---|
| 1 adulto + 1 menor | 1.115,07 € |
| 1 adulto + 2 menores | 1.335,15 € |
| 1 adulto + 3 menores | 1.555,23 € |
¿Qué es el complemento de ayuda para la infancia (CAPI)?
Es una cantidad adicional por cada hijo menor de 18 años, que varía con la edad:
| Edad del menor | CAPI al mes |
|---|---|
| Menos de 3 años | 115,00 € |
| De 3 a 6 años | 80,50 € |
| De 6 a 18 años | 57,50 € |
El CAPI puede solicitarse junto con el IMV. Si tienes hijos, revisa que te lo estén aplicando: es una de las ayudas que más se quedan sin pedir.
¿Cuáles son los requisitos del ingreso mínimo vital?
Los requisitos básicos son:
- Edad: tener al menos 23 años, salvo excepciones que recoge la ley (por ejemplo, con menores a cargo).
- Residencia: llevar al menos 1 año de residencia legal y continuada en España antes de pedirlo.
- Ingresos: que los ingresos de tu hogar sean al menos 10 € inferiores a la cuantía garantizada que te corresponde.
- Patrimonio: que el patrimonio del hogar no supere los límites fijados (la vivienda habitual no cuenta).
Hay más condiciones para casos concretos (personas que viven solas, unidades de convivencia formadas recientemente, etc.). El simulador oficial te ayuda a ver si encajas.
¿Cómo se solicita el IMV?
- Haz la simulación en imv.seg-social.es. No es vinculante, pero te da una idea de si cumples y cuánto podrías cobrar.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica de la Seguridad Social. Puedes hacerlo con Cl@ve o certificado digital, y también existe la opción de solicitarlo sin certificado desde la propia web.
- Adjunta la documentación: DNI o NIE de todos los miembros, empadronamiento, libro de familia si procede y los documentos que te pida el formulario.
- Guarda el justificante con el número de registro y la fecha.
La Seguridad Social tiene 6 meses para resolver. Si en ese plazo no recibes respuesta, la solicitud se entiende denegada por silencio negativo (artículo 25 de la Ley 19/2021). Eso no impide seguir reclamando.
¿Por qué me reclaman cobros indebidos del IMV?
Es uno de los problemas más duros para muchas familias, incluidas personas mayores y con discapacidad. Recibes una carta que dice que has cobrado de más y que debes devolverlo, a veces mediante descuentos en la propia prestación.
El origen suele ser casi siempre el mismo: un cambio que no se comunicó a tiempo. Estás obligado a avisar a la Seguridad Social en un plazo de 30 días naturales cuando:
- Cambian tus ingresos o los de alguien del hogar (un trabajo, una pensión, un paro).
- Alguien entra o sale de la vivienda.
- Cambias de domicilio.
- Cambia tu patrimonio de forma relevante.
Consejo Cartamiga: cada vez que pase algo en casa (un contrato nuevo, alguien que se muda, una herencia), anótalo y comunícalo esa misma semana desde la sede de la Seguridad Social. Guarda el justificante. Es la mejor protección frente a un cobro indebido años después.
Si te llega una reclamación de cobro indebido, lee bien la carta: indica el periodo, el importe, el motivo y el plazo para presentar alegaciones o reclamación. Comprueba si los datos son correctos. No es raro que haya errores en los ingresos o en los miembros del hogar que se tienen en cuenta, y en esos casos merece la pena oponerse dentro del plazo.
¿Qué hago si me deniegan el ingreso mínimo vital?
Contra la resolución que te deniega el IMV (o que te reconoce una cuantía menor) puedes presentar una reclamación previa ante la Seguridad Social dentro del plazo indicado en la resolución. Este paso es necesario antes de poder acudir a los tribunales.
En la reclamación conviene:
- Explicar con claridad por qué crees que la resolución es errónea.
- Aportar los documentos que lo demuestren (certificados de ingresos, empadronamiento, etc.).
- Revisar si la denegación se debe a un dato concreto que puedas corregir.
Si la denegación se produjo por silencio (pasaron los 6 meses sin respuesta), también puedes reclamar. Y si tu situación ha cambiado, puedes volver a solicitarlo.
¿Qué otras ayudas puedo combinar con el IMV?
Ser beneficiario del IMV suele facilitar el acceso a otras ayudas. La más directa es el bono social eléctrico, que descuenta una parte importante de la factura de la luz. Para más ideas, consulta nuestra guía de ahorro del hogar.