Qué es esta carta
Desde 2023 los autónomos cotizan por ingresos reales. Cada año eliges una base provisional según lo que prevés ganar. Cuando Hacienda comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales, la Tesorería General (TGSS) hace la regularización: calcula tu base definitiva y te dice si pagaste de menos o de más (art. 308.1.c LGSS). Esta carta es esa resolución.
Cómo leerla: las partes clave
| Lo que ves en la carta | Qué significa |
|---|---|
| Resolución de regularización / Ejercicio | El año que se ajusta. |
| Rendimientos computables | Lo que Hacienda dice que ganaste con tu actividad, con los ajustes de la Seguridad Social. |
| Deducción por gastos genéricos (7 % o 3 %) | Un descuento fijo sobre los rendimientos. El 3 % se aplica a autónomos societarios. |
| Tramo y base de cotización definitiva | El tramo de la tabla que te corresponde y la base mensual que se usa. |
| Bases provisionales | Las bases por las que cotizaste durante el año. |
| Diferencia a ingresar | Lo que debes pagar. |
| Diferencia a devolver | Lo que te devuelven de oficio. |
| Plazo y Pie de recursos | Hasta cuándo pagar y cómo reclamar. |
Si tu base provisional estaba dentro del mínimo y el máximo de tu tramo, no hay nada que pagar ni devolver.
Qué plazo tienes
Si te sale a pagar: tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación, sin recargo ni intereses.
Ejemplo: te notifican el 18 de octubre. Puedes pagar hasta el 30 de noviembre.
Si te sale a devolver: no tienes que hacer nada. La TGSS lo devuelve antes del 30 de abril del año siguiente a la comunicación de Hacienda.
Los autónomos reciben las notificaciones de la Seguridad Social por vía electrónica. Si no abres la notificación en 10 días naturales, se da por hecha y el plazo empieza igual.
Qué puedes hacer
| Opción | Cuándo conviene | Qué pasa después |
|---|---|---|
| Pagar la diferencia | Si los datos son correctos | Queda cerrado, sin recargo. |
| Esperar la devolución | Si sale a devolver | Te ingresan en tu cuenta, sin intereses. |
| Revisar y corregir la renta | Si los rendimientos están mal por tu declaración | Corrige ante Hacienda y luego pide la devolución. |
| Recurrir la resolución | Si la Seguridad Social calculó mal | Revisa el plazo del pie de recursos. |
| Pedir aplazamiento | Si no puedes pagar de golpe | Plan de pagos con intereses. |
| No hacer nada | Si sale a pagar, nunca | Recargo, reclamación de deuda y apremio. |
Qué pasa si no haces nada
- Si sale a pagar y no pagas en plazo, la diferencia se convierte en deuda con recargo e intereses.
- Te llegará una reclamación de deuda o una providencia de apremio.
- Dejas de estar al corriente y puede acabar en embargo.
- Los recargos e intereses no se devuelven nunca, aunque luego cambien tus rendimientos.
Errores frecuentes
- Confundir rendimiento con facturación. Cuenta el rendimiento neto, no lo que facturas.
- No presentar la renta: te aplican una base mínima que puede salir a pagar.
- Pensar que la devolución hay que pedirla. Es de oficio.
- No mirar las notificaciones electrónicas y perder el plazo sin recargo.
- No ajustar la base del año en curso y repetir la misma diferencia.
Cómo responder paso a paso
- Abre la notificación en la sede electrónica de la Seguridad Social o en Import@ss, con Cl@ve o certificado.
- Compara los rendimientos con tu declaración de la renta de ese año.
- Si sale a pagar: descarga el documento de pago y paga antes del último día del mes siguiente. Guarda el justificante.
- Si sale a devolver: comprueba que tu cuenta bancaria está bien en Import@ss.
- Si hay un error: corrige la renta ante Hacienda o recurre la resolución por registro electrónico, con pruebas.
- Revisa tu base de cotización actual y cámbiala si tus ingresos han variado.
Consejo Cartamiga: apunta el plazo en cuanto abras la carta. Pagando antes del último día del mes siguiente no hay recargo. Y ajusta tu base cada año para que la siguiente regularización no te pille por sorpresa.