Qué es esta carta
No es una carta en papel, sino un aviso (email o SMS) de que una administración te ha dejado una notificación electrónica. Puede ser de Hacienda, de la DGT, del SEPE, de la Seguridad Social o de otros organismos. La notificación de verdad está en DEHú (dehu.redsara.es) o en la sede electrónica del organismo. La DGT tiene además su propio buzón, la DEV (Dirección Electrónica Vial).
Cómo leerla: las partes clave
Cuando entras en DEHú verás una lista de notificaciones. Esto es lo que significa cada dato:
| Lo que ves en la carta | Qué significa |
|---|---|
| Organismo emisor | Quién te escribe: Agencia Tributaria, DGT, SEPE, un ayuntamiento… |
| Concepto / Asunto | Una pista del tipo de carta (requerimiento, liquidación, sanción…) |
| Fecha de puesta a disposición | El día en que la dejaron en tu buzón. Desde aquí cuentan los 10 días naturales |
| Estado: pendiente | Aún no la has abierto |
| Notificación / Comunicación | La notificación tiene efectos legales y plazos; la comunicación suele ser informativa |
| Justificante / acuse de recibo | El documento que prueba cuándo la abriste. Guárdalo |
| CSV (código seguro de verificación) | Código del PDF para comprobar que es auténtico |
Qué plazo tienes
Hay dos plazos distintos y conviene no mezclarlos:
- Plazo para abrirla: 10 días naturales desde la puesta a disposición (cuentan sábados, domingos y festivos). Si estás obligado a recibir notificaciones electrónicas o las elegiste, y no la abres, se entiende rechazada y el procedimiento sigue.
- Plazo de la propia carta: empieza a contar desde el día siguiente a que la abres (o a que se entiende rechazada). Está escrito dentro del documento.
Ejemplo: la notificación se pone a disposición el 1 de octubre. Los 10 días naturales empiezan el 2, así que el 11 de octubre es el último día para abrirla. Si la abres el 6, los plazos de la carta empiezan a contar el 7.
Qué puedes hacer
| Opción | Cuándo conviene | Qué pasa después |
|---|---|---|
| Abrirla ya | Casi siempre | Sabes qué te piden y tienes todo el plazo para actuar |
| Esperar unos días | Solo si necesitas organizarte, sin pasar de los 10 días | Ganas pocos días; el riesgo de olvidarla es alto |
| No abrirla | Nunca es buena idea | Se da por rechazada y los plazos corren igual |
| Activar avisos por email en DEHú | Si te cuesta revisar el buzón | Recibirás aviso de nuevas notificaciones de los organismos integrados |
Qué pasa si no haces nada
Si la notificación electrónica es obligatoria para ti o la elegiste, a los 10 días naturales se entiende rechazada. La administración puede seguir adelante: liquidar una deuda, imponer una sanción, archivar tu solicitud o pasar a cobro con recargo. No haberla leído no sirve como excusa. Si no estás obligado y no la elegiste, normalmente te la intentarán entregar también en papel.
Errores frecuentes
- Pensar que el SMS o email es la notificación. Solo es un aviso, y la notificación vale aunque el aviso no llegue.
- Pulsar enlaces del mensaje. Hay copias fraudulentas; entra tú escribiendo la dirección.
- No abrirla “para ganar tiempo” y luego olvidarla.
- No descargar el PDF ni el justificante, y luego no saber desde qué fecha cuentan los plazos.
- Mirar solo DEHú cuando el organismo notifica en su propia sede (o en la DEV en el caso de la DGT).
Cómo responder paso a paso
- Escribe tú mismo dehu.redsara.es en el navegador (o usa la app oficial DEHú).
- Identifícate con Cl@ve (PIN, permanente o móvil), certificado digital o DNIe.
- Abre la notificación pendiente y descarga el PDF y el justificante de acceso.
- Apunta en el calendario la fecha de apertura y el plazo que indica la carta.
- Lee el pie de recursos: ahí dice qué puedes hacer y ante quién.
- Si tienes que contestar, hazlo en la sede electrónica del organismo o en el registro electrónico general. También puedes presentar papel en una oficina de registro (con cita previa).
Consejo Cartamiga: abre las notificaciones el mismo día que te llega el aviso. Es gratis, no te compromete a nada y te da el plazo completo. Lo caro es enterarte tarde.