Qué es esta carta
El estado del expediente no es una carta, sino lo que ves al consultar tu solicitud de extranjería en la sede electrónica de las Administraciones Públicas. Te dice en qué fase está: recibido, en estudio, con un requerimiento o ya resuelto. Es solo informativo: lo que cuenta legalmente es la notificación (en la sede, en DEHú o por correo certificado). Ojo: el servicio no está disponible para ciudadanos de la UE.
Cómo leerla: las partes clave
| Lo que ves en la consulta | Qué significa |
|---|---|
| Nº de expediente | Código de 15 caracteres que identifica tu solicitud |
| Tipo de solicitud | Qué pediste: arraigo, renovación, reagrupación, larga duración… |
| Fecha de presentación / entrada | Desde aquí cuentan los tres meses para resolver |
| En trámite | La oficina tiene tu solicitud y la está estudiando o pidiendo informes |
| Requerimiento (o pendiente de requerimiento) | Te piden documentos o datos; hay o habrá una notificación con plazo |
| Resuelto – favorable | Te la conceden; espera o busca la notificación |
| Resuelto – desfavorable / denegado | Te la deniegan; mira el motivo y los plazos de recurso |
| Archivado / desistido / inadmitido | Se cerró sin estudiar el fondo: no contestaste, faltaba algo esencial o no cumplía requisitos de entrada |
Los textos exactos pueden variar según la oficina y el tipo de trámite.
Qué plazo tienes
El estado no abre plazos por sí solo. Los abre la notificación:
- Requerimiento: normalmente 10 días hábiles; en arraigo y circunstancias excepcionales, el que indique la carta, hasta 15 días.
- Resolución favorable: en general, un mes para pedir la TIE (y, si es de trabajo, el alta en la Seguridad Social).
- Denegación: un mes para reposición o dos meses para el juzgado.
En notificaciones electrónicas, si no abres el aviso en 10 días naturales, se da por rechazada y el plazo empieza igual.
Ejemplo: el estado pasa a «requerimiento» y abres la notificación el lunes 5 de octubre de 2026. Con 10 días hábiles, y con el festivo del 12 de octubre, tu último día es el martes 20 de octubre.
Qué puedes hacer
| Opción | Cuándo conviene | Qué pasa después |
|---|---|---|
| Esperar y consultar cada semana | En trámite y dentro de los tres meses | Nada; sigue el estudio |
| Buscar la notificación en sede o DEHú | Cambia a requerimiento o resuelto | Descargas el documento y ves el plazo real |
| Aportar documentos | Requerimiento | El expediente continúa |
| Pedir la TIE | Resuelto favorable y notificado | Cita de huellas con la tasa 790 012 |
| Escrito pidiendo impulso o recurso | Más de tres meses sin respuesta | Según el tipo de solicitud, el silencio es positivo o negativo |
Qué pasa si no haces nada
Si el estado indica un requerimiento y no lo atiendes, el expediente acaba archivado por desistimiento. Si está resuelto favorable y no buscas la notificación, puede darse por notificado sin que lo sepas y se te pasa el mes para la TIE. Si es desfavorable y no reaccionas, la decisión se vuelve firme.
Errores frecuentes
- Creer que «resuelto favorable» ya es la autorización: necesitas la resolución notificada.
- No revisar DEHú si presentaste por internet.
- Escribir mal el número de expediente (son 15 caracteres) o el NIE con letra inicial distinta.
- Pensar que tres meses de silencio siempre significan concesión.
- Fiarse de webs que piden datos o pagos para «consultar tu expediente».
Cómo responder paso a paso
- Entra en el servicio oficial de información sobre el estado de expedientes de extranjería.
- Accede con Cl@ve o con el formulario (NIE o número de expediente).
- Apunta el estado y la fecha. Si cambia, entra en la sede o en DEHú con Cl@ve o certificado.
- Descarga la notificación y localiza el plazo y el pie de recursos.
- Responde por el registro electrónico o en una oficina de registro, citando siempre el expediente.
Consejo Cartamiga: haz una captura de pantalla con la fecha cada vez que cambie el estado. Si algún día discutes plazos o silencios, tendrás pruebas de qué viste y cuándo.